En los últimos años, el interés por las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico ha ido en aumento y no es de extrañar, pues se trata de una forma limpia, renovable e inagotable de conseguir energía con la que además ahorramos en la factura de la luz. Dado este creciente interés en las placas solares, también aumentan las preguntas que surgen al respecto. Para poder instalar un sistema fotovoltaico de autoconsumo es necesario que la vivienda o el terreno cuenten con ciertos requisitos en cuanto a orientación y sombras, entre otros. Hoy vamos a contaros todo lo que hay que saber sobre la normativa vigente en la actualidad para poder realizar una instalación legal en una vivienda o negocio.
Actualmente, cualquier persona que lo desee puede instalar placas solares, tanto en su vivienda particular como en su negocio, siempre y cuando cumpla con los requisitos necesarios de espacio y superficie para realizar la instalación. En las urbanizaciones hay que tener en cuenta las normas estéticas que pudieran existir para esa zona y en las comunidades de vecinos es necesario que todos los implicados estén de acuerdo, ya que el coste de la instalación se reparte entre todos ellos. Esto último reduce considerablemente la inversión que tiene que hacer cada familia para poder beneficiarse de la energía solar.
Gracias a la nueva normativa RD 244/2019 es posible que varias viviendas o negocios compartan tanto el coste de la instalación fotovoltaica como el suministro eléctrico posterior. Esto resulta beneficioso, principalmente, para las comunidades de vecinos y para las urbanizaciones, pues, como decíamos anteriormente, se reparten los gastos.
Para poder beneficiarse del autoconsumo colectivo es necesario que todas las partes implicadas elijan la misma modalidad de consumo, que todos los participantes firmen el mismo acuerdo donde estén reflejados los criterios de reparto y todos deben estar conectados al mismo centro de transformación de baja tensión. Además, la normativa dicta una distancia máxima de 500 metros entre los paneles solares y cada consumidor.
Los últimos cambios realizados en la normativa que regula el autoconsumo energético trató de reducir la burocracia para poder llevar a cabo una instalación fotovoltaica. A día de hoy, al tratarse de una reforma exterior, hay que solicitar los permisos necesarios al ayuntamiento y a la empresa distribuidora para poder realizar la instalación de placas solares en una vivienda particular.
Previo a la instalación de las placas solares tenemos que contar con el diseño del sistema fotovoltaico, los permisos de acceso y conexión a la red, la licencia de obra, el Impuesto de Construcción y Obras (ICIO) y la tasa por prestación de servicios urbanísticos, y, en el caso de instalaciones mayores de 100 kWp es obligatorio tener una autorización administrativa de construcción.
Una vez finalizada la obra es necesario presentar el certificado de fin de obra, la autorización de explotación de instalaciones eléctricas que permita el uso de la instalación (esta autorización no es necesaria en caso de pequeñas instalaciones), e inspecciones iniciales y periódicas llevadas a cabo por un Organismo de Control Autorizado. También hay que registrar el autoconsumo, pero en el caso de instalaciones pequeñas, es decir, menores de 100 kWp, son las Comunidades Autónomas las que se ocupan la inscripción y comunicación a la Dirección General de Políticas y Minas.
A nivel técnico, debemos tener en cuenta qué tipo de instalación se va a realizar, ya que cada una se rige por decreto distinto:
Sistemas conectados a la red (SFCR)
Este es el sistema más habitual en los hogares particulares y se rige, principalmente, por el Real Decreto 244/2019 y también por el Real Decreto-ley 15/2018 sobre medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. La instalación de este tipo de sistemas tiene que realizarla un técnico autorizado para garantizar la calidad de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Este tipo de sistemas no interactúan con la red eléctrica convencional, por lo que tienen que cumplir con otros reglamentos, principalmente con el RD 842/2002, aprobado por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Este Real Decreto se complementa con las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-BT). En cuanto a los paneles solares, todos los que se compren en España están debidamente homologados según las normativas vigentes.
La nueva ley de Energía Solar, es decir, el RD 244/2019 que ya hemos mencionado, recoge una nueva normativa sobre placas solares en viviendas que favorece al consumidor y promueve el uso de energías renovables. Los puntos más importantes de esta ley son:
Gracias a la aprobación del Real Decreto 477/2021 se proporcionan ayudas y subvenciones para la instalación de placas solares en viviendas, empresas, administraciones públicas, etc. Si quieres saber en qué consisten estas ayudas y cómo solicitarlas en Castilla-La Mancha, no te pierdas nuestro artículo.
Muchos ciudadanos lo desconocen, pero la nueva ley obliga a incorporar placas solares en las casas que se construyan a partir de 2020. Esta norma entró en vigor por parte de la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios de la Unión Europea, según la cual todas las viviendas deben tener un consumo energético prácticamente nulo o muy reducido, buscando así que las nuevas edificaciones utilicen energías renovables. Esta normativa persigue el objetivo de la Unión Europea de alcanzar las 0 emisiones para el 2050, pues los edificios generan el 36% de las emisiones de CO2 y suponen el 40% del consumo energético.
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Empresa beneficiaria de las subvenciones de la Diputación de Ciudad Real: Convocatoria de Subvenciones para Empresas y otras entidades - Promoción Económica - Convocatoria de apoyo a la transformación digital en el mundo empresarial de la provincia de Ciudad Real - Año 2020. Proyecto incentivado por el plan Ciudad Real Activa. Plan para la recuperación socioeconómica de la provincia. Objetivo del proyecto: Conseguir un tejido empresarial más competitivo. Nº Exp del proyecto/actividad: DPCR2020/69293